Asilegal denuncia tortura y la falta de un debido proceso en casos de personas indígenas en prisión preventiva

17/08/2014 - 12:03 am
Asilegal detalló que entre las irregularidades que enfrenta la población indígena está la falta de un traductor o en general que no se cuenta con una defensa adecuada durante su proceso. Foto: Cuartoscuro.
Asilegal detalló que entre las irregularidades que enfrenta la población indígena está la falta de un traductor o en general que no se cuenta con una defensa adecuada durante su proceso. Foto: Cuartoscuro.

Ciudad de México, 17 de agosto (SinEmbargo).– Asistencia Legal para los Derechos Humanos (Asilegal) refirió que de acuerdo con datos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) el 80 por ciento de los 8 mil 486 indígenas en prisión preventiva en México no se les ha respetado el derecho al debido proceso. La organización denunció además la existencia de una discriminación estructural por parte del Sistema de Procuración de Justicia y refirió los casos de personas que firmaron su declaración ministerial bajo malos tratos y tortura.

El organismo detalló que entre las irregularidades que enfrenta la población indígena está la falta de un traductor o en general que no se cuenta con una defensa adecuada durante su proceso. Tampoco existe un registro preciso sobre el número de quienes ya han recibido sentencia y permanecen en prisión preventiva.

“Nosotros hemos mencionado que existe en un principio la facilidad de que una persona perteneciente a los pueblos indígenas pueda autoinculparse debido a la falta de ciertas garantías durante su proceso. Principalmente tiene que ver con la comisión de actos de tortura durante los primeros momento de la detención que derivan en la autoincriminación de las personas hacia haber cometido el delito”, explicó en entrevista para SinEmbargo Luis Jorge de la Peña Rodríguez, investigador de Asilegal.

El especialista denunció “que muchas personas indígenas firman su declaración ministerial sin tener conocimiento de lo que dicen o son obligadas a firmarla bajo amenazas y torturas, o lo más común es la falta de un intérprete traductor”.

Es el caso de los datos que Asilegal recopiló en todos los centros penitenciarios de Chiapas. De acuerdo con estas cifras, el 66 por ciento de las personas indígenas denunciaron que durante su detención recibieron golpes y maltratos físicos, insultos, o sufrieron el robo de sus pertenencias. Mientras que el 39 por ciento de quienes se encuentran en prisión preventiva en ese estado mencionaron haber firmado su declaración ministerial bajo malos tratos.

“Las personas que son detenidas o iniciadas en un proceso penal generalmente no entienden los motivos o no comprenden lo que está pasando en ese momento debido a que no comprenden el español y esto obliga a que ellas se autoinculpen o no actúen de manera adecuada durante su proceso, principalmente también porque no tiene una asesoría de calidad”, refirió.

El 48 por ciento del total de estas personas no contaron en ningún momento con un intérprete traductor que les asesorara. Foto: Twitter.
El 48 por ciento del total de estas personas no contaron en ningún momento con un intérprete traductor que les asesorara. Foto: Twitter.

FALTA DE INTÉRPRETES EN EL PROCESO

El integrante de Asilegal explicó que la falta de un intérprete durante el proceso legal que siguen las personas de las comunidades indígenas es responsabilidad de la autoridad judicial que tiene la obligación velar por la integridad del juicio. “Si llega una persona indígena que requiera de un intérprete traductor, es responsabilidad de esta autoridad el que exista este recurso para que se lleven a cabo las diligencias conforme a derecho. En el caso de la declaración ministerial, el propio Ministerio Público es el responsable”.

De la Peña Rodríguez detalló que generalmente las personas indígenas por su falta de recursos tienen que echar mano de un defensor de oficio, quien en la mayoría de los casos no repara en los derechos que son particulares de estos pueblos.

“En el caso de las personas indígenas, los defensores de oficio al desconocer los derechos que asisten a la personas indígenas no exigen a las autoridades judiciales el intérprete traductor u otro tipo de medidas. La responsabilidad es básicamente de la autoridad judicial, en el primer sentido de proteger los derechos de las partes en un sentido de igualdad, y en otra parte de la defensoría de las personas indígenas”, dijo.

Los datos proporcionados por el organismo dan cuenta de que el 10 por ciento de la población indígena en prisión preventiva en el estado de Chiapas no habla ni entiende el castellano y el 53 por ciento lo hace escasamente pues han tenido que aprender para afrontar su situación de internamiento. En tanto, el 48 por ciento del total de estas personas no contaron en ningún momento con un intérprete traductor que les asesorara.

“La parte del traductor indígena es muy importante ¿Cuál es la problemática real con el interprete traductor? Que la diversidad lingüística en México es tan amplia que es imposible tener un traductor para cada tipo específico de lengua. Por ejemplo, la lengua tzotzil que se habla en Chiapas y en varias regiones suele diferir, es decir hay variantes dialectales de cada lengua”, explicó el especialista.

Aunque Jorge de la Peña reconoció que se trata de un tema complejo, dijo no es imposible de abordar. “Sin embargo, las instituciones de justicia no han visto, no han reparado, o no han tenido la atención suficiente para poder procurar este tipo de situaciones a las personas indígenas”.

“Para poder asegurar íntegramente el derecho al acceso de la justicia a través de la lengua debemos asegurar a la persona inculpada que cuente con un interprete traductor no sólo de la lengua que habla sino de la variante dialectal a la que pertenece ¿Por qué? Porque esas variantes muchas veces suele suceder que no se entienden una a otra”, comentó.

Los pueblos indígenas en México están considerados como sujetos de interés público y no cómo sujetos de derecho, dijo el miembro de Asilegal. Foto: Twitter.
Los pueblos indígenas en México están considerados como sujetos de interés público y no cómo sujetos de derecho, dijo el miembro de Asilegal. Foto: Twitter.

UNA JURISDICCIÓN INDÍGENA

Luis Jorge de la Peña Rodríguez dijo que para hacer frente a esta situación desde Asilegal se ha decidido decidido retomar las propuestas de otros países como Perú, Ecuador, Bolivia y Guatamela donde ya existe en la realidad y en los hechos la jurisdicción indígena.

Comentó que con esto se busca que “los propios pueblos indígenas puedan ejercer y potencializar su propia jurisdicción para que sea en sus regiones con sus sistemas culturales donde se imparta justicia. Ahí nos quitamos de problemas con el interprete traductor con que si la persona no entiende, si le cobran o no le cobran”.

“Todo esto se va a arreglar dentro de la comunidad, con sus reglas y su sistema cultural y además esto va a tener un apoyo de la institución gubernamental. En casos como Perú los propios jueces, si les llega el caso de un pueblo indígena pueden tomar la decisión de procesarlo en el sistema regular o mandarlo a su jurisdicción. En general lo que hacen es enviarlo a su jurisdicción indígena para que se juzgue en su ámbito cultural y así preservar sus derechos”, explicó.

Precisó que por el momento la organización aún plantea la propuesta hacia las autoridades. “Esa sería una de las soluciones, sin embargo en México todavía falta mucho para poder llegar a esa realidad”, agregó.

Dijo que otra solución sería el formar interpretes traductores indígenas para la procuración e impartición de justicia. “Se tiene que formar una infraestructura institucional de primera o segunda instancia. No podemos dejársela a una institución que va a generar una oficina, que va a generar una subdirección que va a generar un departamento que va a ver ese tema. Tenemos que ponerlo en la agenda de la procuración de justicia dentro de los primeros rubros”, indicó.

Sin embargo, dijo que en México no se le ha otorgado la importancia que debiera tener este tipo de instituciones “porque hay una discriminación estructural que debe de ver necesariamente con la configuración de un Estado que se dice pluriétnico, pero que en realidad es un Estado uniétnico […] aunque reconocen que hay muchas culturas en el país la Ley que vale es la de los occidentales”.

“Hay una cuestión muy sencilla de derecho que los pueblos indígenas en México están considerados como sujetos de interés público y no cómo sujetos de derecho ¿Qué significa esto? […] El Estado no lo otorga derechos a los pueblos indígenas, sino los protege. En este sentido los pueblos indígenas no pueden ejercer sus derechos de manera libre como pueblos indígenas, podrán hacerlo como ciudadanos mexicano, pero no como pueblos indígenas”, comentó.

 

Obed Rosas
Es licenciado en Comunicación y Periodismo por la FES Aragón de la UNAM. Estudió, además, Lengua y Literatura Hispánicas en la Facultad de Filosofía y Letras.
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